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La siguiente es una lista de medidas a nivel estatal que han calificado para la boleta electoral. Para aquellas medidas que actualmente intentan calificar, consulte la página Estado de calificación de Iniciativa y Referéndum.

Para conocer las medidas de iniciativa que son elegibles para la boleta electoral, consulte la página Medidas de iniciativa estatal elegibles. Una medida de iniciativa elegible es aquella en la que el número requerido de firmas ha sido presentado y verificado por los funcionarios electorales del condado. Las medidas de iniciativa elegibles pasarán a ser calificadas para la boleta electoral el día 131 anterior a la próxima Elección General Estatal a menos que sean retiradas por los proponentes antes de su calificación por el Secretario de Estado.

Para obtener información sobre los comités de campaña que se han organizado para apoyar u oponerse a proposiciones y medidas electorales en la boleta electoral estatal, consulte la página Actividad de Financiación de campañas de Proposiciones y Medidas de Boleta Electoral.


3 de noviembre de 2026, Medidas de boletas a nivel estatal

Proposición 1

SB 417 (Limón) La Ley de Bonos de Veteranos y Vivienda Asequible de 2026 (Capítulo 16, 2026) (PDF)

Proposición 2

ACA 20 (Gabriel) Salve for the Future Act de California. (Res. Ch. 130, 2026) (PDF)

Proposición 3

PROPORCIONA FINANCIAMIENTO PERMANENTE PARA ESCUELAS Y ATENCIÓN MÉDICA MEDIANTE LA AMPLIACIÓN DEL IMPUESTO EXISTENTE SOBRE LOS ALTOS INGRESOS. INICIATIVA ENMIENDA CONSTITUCIONAL. Hace permanentes las tasas impositivas aprobadas por los votantes de 2012 para los californianos de altos ingresos, que actualmente expirarán en 2031. Se aplican tarifas a los ingresos personales superiores a alrededor de $360,000 para los que presentan una sola presentación, $721,000 para los que presentan una presentación conjunta y $490,000 para los jefes de hogar (niveles 2024; ajustados anualmente por inflación). Asigna ingresos fiscales 89% a escuelas K-12, 11% a colegios comunitarios. Permite que las juntas escolares locales decidan cómo se gastan los ingresos; los bares utilizan para costos administrativos. Aumenta los ingresos del Fondo General disponibles para educación, atención médica, reservas presupuestarias y otros programas. Resumen de estimación realizada por Analista Legislativo y Director de Finanzas del impacto fiscal en los gobiernos estatales y locales: Mantiene $5 mil millones a $15 mil millones de impuestos estatales anuales sobre la renta (en dólares de hoy) al hacer permanente un impuesto a los asalariados de altos ingresos en lugar de dejar que expire en 2031. (25-0016. )

Proposición 4

SB 42 (Umberg) Ley de Reforma Política de 1974: financiamiento de campañas públicas: Ley de Elecciones Justas de California de 2026. (Ch. 245, 2025) (PDF)

Proposición 5

SCA 1 (Newman) Elecciones: revocación de funcionarios estatales. (Res. Ch. 204, 2024) (PDF)

Proposición 37

CREA PROGRAMA DE PRÉSTAMOS PARA COMPRADORES DE INGRESOS MEDIOS DE VIVIENDAS NUEVAS CALIFICADAS. ESTATUTO DE INICIATIVA. Autoriza hasta 25 mil millones de dólares en bonos para ofrecer a los compradores elegibles hipotecas de tasa fija por hasta el 17% del precio de compra de una “casa nueva calificada” (construcción nueva o primera venta de propiedad no residencial convertida, con un precio inferior a alrededor de $1 millón — $1.5 millones, dependiendo del condado, ajustada anualmente). Los prestatarios deben ser residentes de California por un año, planear ocupar la casa, ganar menos del 200% del ingreso medio del área y pagar al menos 3% de pago inicial. Requiere que los bonos sean devolvidos por los pagos hipotecarios de los propietarios, no por el Estado. Resumen de estimación por Analista Legislativo y Director de Finanzas de impacto fiscal en gobiernos estatales y locales: Sin costos directos estatales o locales. (25-0013A1.)

Proposición 38

AUTORIZA BONOS PARA INVESTIGACIÓN EN INMUNOLOGÍA. ESTATUTO DE INICIATIVA. Autoriza $8.4 mil millones en bonos estatales de obligación general para la investigación en inmunología e inmunoterapia (tecnologías que utilizan el sistema inmunológico del cuerpo para tratar enfermedades), asignados equitativamente entre (1) un instituto de investigación médica sin fines de lucro afiliado a la Universidad de California seleccionado por el Departamento de Salud Pública de California con base en criterios especificados, y (2) un programa de subvenciones para universidades e instituciones públicas o sin fines de lucro. Requiere que la mitad del dinero de investigación se destina a investigación sobre cáncer, enfermedades cardíacas y enfermedad de Alzheimer. Requiere que los beneficiarios de financiamiento vendan tecnología y medicamentos derivados de la investigación en California por un 20% por debajo del precio promedio nacional. Apropia dinero del Fondo General para reembolsar bonos. Resumen de estimación por Analista Legislativo y Director de Finanzas del impacto fiscal en los gobiernos estatales y locales: Incremento de costos estatales de cerca de $500 millones anuales por 25 años para pagar los bonos. El estado podría recuperar parte o la totalidad de este costo en décadas posteriores si la investigación financiada conduce a descubrimientos que generen ingresos, aunque esto es incierto. (25-0026A1.)

Proposición 39

ESTABLECE REQUISITOS ADICIONALES DE IDENTIFICACIÓN DE VOTANTES Y VERIFICACIÓN DE CIUDADANÍA. INICIATIVA ENMIENDA CONSTITUCIONAL. Según la ley actual, al registrarse para votar, las personas deben declarar bajo pena de perjurio que son ciudadanos de los Estados Unidos y proporcionar información para verificar su identidad (por ejemplo, fecha de nacimiento, licencia de conducir o número de Seguro Social). Esta medida modificaría la Constitución de California para exigir además que:

  • los votantes presentan identificación emitida por el gobierno en las urnas o los últimos cuatro dígitos de un número de identificación emitido por el gobierno al votar por correo;
  • el Estado proporcione tarjetas de identificación de votantes a solicitud; y
  • los funcionarios electorales reportan anualmente el porcentaje de votantes de cada condado cuya ciudadanía han verificado.

Resumen de estimación por Analista Legislativo y Director de Finanzas del impacto fiscal en los gobiernos estatales y locales: Una sola vez los costos de gobierno estatal y local en las decenas de millones de dólares para prepararse para la implementación de la medida. Aumento de los costos anuales de los gobiernos estatales y locales que podrían oscilarte entre las decenas de millones de dólares y los bajos cientos de millones de dólares para cumplir con los nuevos requisitos relacionados con la administración electoral. (25-0007A1.)

Proposición 40

IMPONE UN IMPUESTO ÚNICO A DETERMINADAS PERSONAS FÍSICAS Y FIDEICOMISOS. INICIATIVA REFORMA CONSTITUCIONAL Y ESTATUTO. Impone un impuesto único de hasta el 5% a los contribuyentes y fideicomisos con activos cubiertos valorados en más de mil millones de dólares; los activos cubiertos incluyen negocios, valores, arte, coleccionables y propiedad intelectual, pero excluyen los bienes inmuebles y algunas cuentas de pensiones y jubilación. Destina el 90% de estos ingresos fiscales para la atención de la salud, el 10% para asistencia alimentaria o programas relacionados con la educación; prohíbe utilizar los ingresos para reemplazar los fondos existentes para estos fines. Exime dichos ingresos fiscales de los requisitos constitucionales para el financiamiento escolar, las reservas presupuestarias y el límite de gasto estatal. Resumen de estimación por Analista Legislativo y Director de Finanzas del impacto fiscal en los gobiernos estatales y locales: Aumento temporal de los ingresos estatales a partir de un nuevo impuesto sobre la riqueza de los multimillonarios. Estos ingresos por impuestos sobre el patrimonio probablemente sumarían decenas de miles de millones de dólares repartidos a lo largo de varios años. Probablemente una disminución continua en los ingresos estatales por impuestos sobre la renta de cientos de millones de dólares o más por año. (25-0024A1.)

Proposición 41

REQUIERE AUDITORÍAS DE PROGRAMAS FINANCIADOS POR NUEVOS IMPUESTOS ESPECIALES ESTATALES. PROHÍBE NUEVOS IMPUESTOS ESTATALES QUE ESTÁN EXCLUIDOS DEL LÍMITE DE GASTO ESTATAL APROBADO POR LOS VOTANTES EXISTENTE. INICIATIVA ENMIENDA CONSTITUCIONAL. Para los impuestos especiales a nivel estatal, requiere (1) una auditoría preelectoral de los programas que recibirían financiamiento de un impuesto especial propuesto por iniciativa de los votantes, y (2) auditorías recurrentes de programas financiados por todos los impuestos especiales promulgados después del 1 de enero de 2026. Prohíbe cualquier nuevo impuesto estatal, promulgado después del 1 de enero de 2026, que excluya sus ingresos del límite de gasto estatal aprobado por los votantes existente, incluyendo cualquier nuevo impuesto que aparezca en la misma boleta electoral que esta medida. Resumen de estimación por Analista Legislativo y Director de Finanzas del impacto fiscal en los gobiernos estatales y locales: Desconocido Efecto Fiscal. Los costos netos o ahorros resultantes de la medida dependerían de (1) cuántas iniciativas fiscales especiales califican para una auditoría única pero no son aprobadas por los electores, (2) el número de páginas que se agregan a la Guía de Información del Votante en cada ciclo electoral, y (3) el nivel de ahorro que se identifica e implementa como resultado de las auditorías. (25-0040A1.)

Proposición 42

PROHÍBE NUEVOS IMPUESTOS ESTATALES A LA PROPIEDAD PERSONAL Y CIERTOS IMPUESTOS ESTATALES RETROACTIVOS. INICIATIVA ENMIENDA CONSTITUCIONAL. Prohíbe cualquier nuevo impuesto estatal que (1) grave la propiedad o el control de la propiedad personal (incluidas las cuentas de jubilación, los activos financieros, las cuentas de inversión, los intereses comerciales y la propiedad intelectual), o (2) se aplique retroactivamente en función de la conducta, las actividades o la situación del contribuyente que se haya producido antes de la fecha de entrada en vigor del nuevo impuesto, con excepciones limitadas. Aplica a los impuestos que se promulguen o surtan efecto a partir del 1 de enero de 2026, incluidos los impuestos que aparecen en la misma boleta electoral que esta medida. Resumen de estimación por Analista Legislativo y Director de Finanzas del impacto fiscal en los gobiernos estatales y locales: Posibilidad de que los ingresos fiscales sean menores en el futuro. (25-0041A1.)

Proposición 43

ACA 22 (Wicks) Impuestos locales: limitación. (Res. Ch. 132, 2026) (PDF)

Proposición 44

REQUIERE QUE LAS CLÍNICAS COMUNITARIAS DE SALUD GASTEN EL 90% DE LOS INGRESOS EN SERVICIOS DEL PROGRAMA. ESTATUTO DE INICIATIVA. Requiere que los Centros de Salud Calificados Federalmente sin fines de lucro (clínicas comunitarias que brindan atención primaria a áreas y poblaciones médicamente desatendidas) gasten al menos el 90% de sus ingresos en servicios del programa que promueven su propósito caritativo, incluidos, entre otros, los servicios para pacientes, en lugar de la administración y los gastos generales. El Departamento de Salud Pública podrá eximir del requisito de gasto en circunstancias excepcionales. Autoriza a Procurador General a publicar una guía que defina los gastos de calificación. Impone sanciones monetarias por incumplimiento, las cuales pueden ser reembolsadas si los centros llegan a cumplir dentro de cinco años. Autoriza cargos penales por reportes falsos y esquemas para aumentar artificialmente el ratio de gasto. Resumen de estimación por Analista Legislativo y Director de Finanzas del impacto fiscal en los gobiernos estatales y locales: Costo estatal de hasta las bajas decenas de millones de dólares anuales para hacer cumplir el nuevo requisito de que las clínicas de salud de red de seguridad sin fines de lucro gasten al menos el 90 por ciento de los ingresos anuales en ciertos tipos de gastos, gran parte de los cuales estarían cubiertos por tarifas y sanciones que se cobran a las entidades afectadas. (25-0008A1.)

Proposición 45

MODIFICA LA REVISIÓN AMBIENTAL PARA CIERTOS PROYECTOS. ESTATUTO DE INICIATIVA. Reforma la Ley de Calidad Ambiental de California (CEQA) para agilizar la revisión ambiental de categorías de proyectos especificadas (incluyendo la mayoría de los proyectos de vivienda, transporte, agua, salud y energía limpia). Para este tipo de proyectos, esta medida:

  • establece plazos para que los organismos públicos concluyan la revisión ambiental y tomen las acciones requeridas para el proyecto;
  • permite una revisión acelerada de los impactos ambientales del proyecto, limitando la obligación actual de las agencias públicas de considerar una gama de alternativas viables de proyectos para reducir los impactos ambientales; y
  • limita la revisión judicial de las aprobaciones de proyectos estableciendo plazos para presentar y resolver demandas y limitar las pruebas que el tribunal pueda considerar y el alivio que pueda ordenar.

Resumen de estimación por Analista Legislativo y Director de Finanzas del impacto fiscal en los gobiernos estatales y locales: Costos de implementación del gobierno estatal y local en las decenas de millones de dólares anuales durante los primeros varios años. A largo plazo, los efectos fiscales netos anuales son inciertos, pero es probable que los gobiernos estatales y locales experimenten ahorros netos debido a la reducción de la carga de trabajo administrativa y legal. Efectos fiscales netos en los tribunales estatales de primera instancia que van desde ahorros anuales de hasta decenas de millones de dólares hasta costos anuales de hasta las bajas decenas de millones de dólares. (25-0023A1.)

Nota: El 25 de junio de 2026, ACA 13 (Res. Ch. 176, 2023) fue removida de la boleta electoral general del 3 de noviembre de 2026 conforme a ACA 21 (Res. Ch. 131, 2026).


A medida que las nuevas iniciativas entren en circulación, fracasen, sean elegibles o califiquen para una boleta electoral, la oficina del Secretario de Estado emitirá actualizaciones del estado de las iniciativas. Las actualizaciones se pueden encontrar en nuestra página Estado de calificación de Iniciativa y Referéndum o registrándose para recibir actualizaciones a continuación.