Si su nombre no está en la lista de votantes en su lugar de votación, tiene derecho a votar en una boleta provisional.
¿Qué es una boleta provisional?
Una boleta provisional es una boleta ordinaria que se coloca en un sobre especial antes de ser puesta en las urnas.
¿Quién emite una boleta provisional?
Las boletas provisionales son las votaciones emitidas por electores que:
- Creen que están registrados para votar a pesar de que sus nombres no están en la lista oficial de registro de votantes en el lugar de votación.
- Vote por correo y en su lugar quieren votar en su lugar de votación o en un centro de votación, pero no recibieron su boleta o no tienen su boleta con ellos (y el funcionario electoral no puede verificar que no hayan devuelto su boleta de voto por correo).
¿Qué sucede después de emitir una boleta provisional?
Su boleta provisional será contada después de que los funcionarios electorales hayan confirmado que está registrado para votar en ese condado y que aún no votó en esa elección.
Puede votar una boleta provisional en cualquier lugar de votación del condado en el que esté registrado para votar, sin embargo, solo se contarán las contiendas electorales por las que sea elegible para votar.
¿Cómo puede verificar el estado de su boleta provisional?
Todo elector que emita una boleta provisional tiene derecho a averiguar por medio de su funcionario electoral de condado si la boleta fue contada y, de no ser así, la razón por la que no se contó.
Visite www.sos.ca.gov/elections/ballot-status para obtener una lista de contactos del condado e información sobre cómo verificar el estado de su boleta provisional.
La historia detrás de la votación provisional en California
Si bien la votación provisional puede ser relativamente nueva en algunas áreas del país, los estatutos provisionales de votación de California han estado en vigor desde 1984.
La votación provisional existe en California por dos razones fundamentales:
Primero, la votación provisional garantiza que a ningún elector debidamente registrado se le niegue su derecho a emitir una boleta si el nombre de ese elector no está en la lista del lugar de votación debido a un error administrativo, de procesamiento, informático u otro tipo.
Segundo, la votación provisional permite a los funcionarios electorales asegurar que ningún elector vote dos veces, ya sea intencional o inadvertidamente, en una elección determinada.
Las circunstancias más comunes en las que un funcionario electoral le pedirá a un elector que emita una boleta provisional son:
- Votantes primerizos. Según la ley federal, una persona que está votando por primera vez en una elección federal debe proporcionar comprobante de identificación, aunque su nombre esté en la lista del lugar de votación. Si el elector no puede proporcionar prueba de identificación, se le pedirá que emita una boleta provisional. El funcionario electoral verificará la elegibilidad del elector comparando su firma en el sobre provisional de la boleta electoral con la firma en su formulario de registro de elector y si las firmas coinciden, entonces se contará la boleta. (artículos 14310 c), 15350 y 3019 del Código Electoral.)
- Votar por correo los votantes que comparezcan en persona. En esta instancia, el nombre del elector está en la lista del lugar de votación y el roster señala que el elector solicitó una boleta de voto por correo. No obstante, el elector afirma que no recibió la boleta, perdió la boleta, o estropeó la boleta y no la tiene con ellos. Después de que el elector emita una boleta provisional, el funcionario electoral verificará los registros para asegurarse de que el elector no emitió su boleta de voto por correo. Si este es el caso y la firma del elector en el sobre de la boleta provisional coincide con la firma de la tarjeta de registro del elector, entonces se contará la boleta provisional del elector. (Código de Elecciones secciones 3016, 14310 f), 15350, 15100 y ss.) Si el elector votó y devolvió su boleta de voto por correo antes del cierre de las urnas el día de la elección, entonces se contará la boleta de voto por correo y no se contará la boleta provisional. Si el elector votó y devolvió su boleta de voto por correo pero no firmó el sobre de voto por correo, entonces se contará la boleta provisional del elector, siempre que haya cumplido con las instrucciones asociadas con la boleta provisional.
- Votantes que se han mudado dentro de su condado sin volver a registrarse para votar. El nombre del elector no está en el roster del lugar de votación porque se mudaron dentro del condado pero no se volvieron a registrar para votar. Esto también sucede cuando un votante actualiza su licencia de conducir con el Departamento de Vehículos Motorizados (DMV) pero el sistema informático del DMV no actualiza la información de registro del elector, como lo exige la ley. En cualquiera de los casos, el elector tiene derecho a votar una boleta provisional en el lugar de votación con base en su dirección actual. Se requiere que el funcionario electoral cuente la boleta si la firma del elector en el sobre provisional coincide con la firma del formulario de registro previo del elector. Luego se requiere que el funcionario electoral vuelva a inscribir al elector en su nueva dirección para todas las elecciones futuras. (artículos 14310, 14311, 15350, 15100 y ss. del Código Electoral)
- Electores que no están en el roster de los lugares de votación por una razón desconocida. En caso de que esto ocurra, el funcionario electoral verificará los registros oficiales de registro del condado después del Día de las Elecciones. Si el elector estaba debidamente registrado para votar en el condado y en el recinto en el que votó, se contará su boleta provisional. Si el votante se registró para votar en otra dirección en el condado, sus votos se contarán en las elecciones en las que votó como si estuviera votando en su distrito natal (es decir, sus votos para presidente de los Estados Unidos, las medidas estatales y del condado se contarán, pero sus votos en una carrera por el ayuntamiento pueden no ser contados si el recinto en el que están registrados está en un distrito del ayuntamiento diferente al que emitió un boleta electoral). Si el elector no está registrado para votar o está registrado para votar en otro condado o estado, su boleta no se contará en parte ni en su totalidad. (Código de Elecciones sección 14310, inciso c), inciso 3).
Tanto la ley federal como la estatal permiten a cualquier elector que emite una boleta provisional averiguar si su boleta fue contada y la sección 2142 del Código de Elecciones otorga a los electores el derecho de acudir a los tribunales para obligar a los funcionarios electorales del condado a registrarlos para votar y contar su boleta.
No se cuenta ni se impide que se cuente ninguna boleta provisional hasta que el funcionario electoral pase por el proceso detallado para determinar si se debe contar la boleta provisional de un elector. (Secciones 14310-14311, 15350 y 15100-15112 del Código Electoral.)
Igualmente importante, cada boleta provisional —sea contada o rechazada— y sobre provisional de boleta electoral es conservada por el funcionario electoral por un mínimo de 22 meses por cada elección en la que se encuentre en la boleta electoral un candidato a un cargo federal. (Secciones 17300-17506 del Código Electoral.)
Sistema de Acceso Libre
La Ley Help America Vote de 2002 (HAVA) requiere que cada funcionario electoral estatal o local establezca un “Sistema de Acceso Libre”, como un número de teléfono gratuito para que los electores llamen o un sitio web de Internet al que los electores puedan acceder de forma gratuita, para determinar si votaron una boleta provisional en las urnas, si su voto fue contado o no y, si no se contó, la razón por la que no se contó.
Cada oficina electoral del condado ha establecido un sistema de libre acceso para que los electores determinen si su boleta provisional fue contada y, de no ser contada, la razón por la que no se contó. La información sobre el sistema de acceso gratuito de cada funcionario electoral del condado se puede encontrar en el estado de la boleta electoral.