Iniciativas y referendos aparecerán en esta página web cuando el Secretario de Estado haya comenzado a recibir recuentos brutos de firmas de funcionarios electorales del condado o haya pasado el plazo de circulación. Los funcionarios electorales del condado tienen ocho días hábiles a partir de la fecha en que se presenta una petición ante su oficina para presentar un conteo crudo de firmas a la Secretaría de Estado. Si el recuento total en bruto de firmas en todo el estado equivale al 100% o más del número total de firmas necesarias para calificar la iniciativa o medida de referéndum, el Secretario de Estado notificará a los funcionarios electorales del condado para que realicen una verificación por muestra aleatoria de las firmas. Si el conteo total en bruto de firmas no llega al 100% del total de firmas necesarias para calificar la iniciativa o medida referendo, el Secretario de Estado notificará a los proponentes y a los funcionarios electorales del condado que ha fallado, y no se tomarán más medidas.
1983. (25-0006A1)
LIMITA LA CAPACIDAD DE LOS VOTANTES PARA RECAUDAR INGRESOS PARA SERVICIOS DE GOBIERNO LOCAL. INICIATIVA DE ENMIENDA CONSTITUCIONAL.
Recuento de firmas sin procesar 06/03/2026 (PDF)
Fecha del resumen: 29/08/25 | Fecha límite del recuento bruto: 09/03/26 | Firmas requeridas: 874.641
(25% de firmas alcanzadas el 12/09/2025 (PDF))
Proponente(s): Jon Coupal
Limita la capacidad de los votantes para aprobar impuestos especiales locales propuestos por los votantes al aumentar el requisito del umbral de aprobación de votos para dichas medidas electorales de una mayoría simple (más del 50%) a dos tercios. En las ciudades autónomas, prohíbe a los votantes aprobar impuestos de transferencia de bienes raíces que no sean el impuesto de transferencia existente del 0,11% autorizado por la sección 11911 del Código de Ingresos e Impuestos. Revoca todos los impuestos relacionados con la propiedad aprobados por los votantes existentes, incluidos los impuestos sobre las ventas y transferencias de bienes raíces, que no cumplan con estos requisitos dos años después de que se promulgue la medida. Resumen de la estimación del analista legislativo y el director de finanzas del impacto fiscal en los gobiernos estatales y locales: pérdida anual de ingresos para los gobiernos locales por un total de hasta un par de miles de millones de dólares, que afecta predominantemente a ciertas ciudades autónomas. Posible reducción futura en lo que los gobiernos locales de otro modo recaudarían en ingresos debido a un umbral de votación más alto para ciertos impuestos y menos tipos de impuestos que los gobiernos locales pueden adoptar. (25-0006A1.)
1990. (25-0013A1)
CREATES LOAN PROGRAM FOR MIDDLE-INCOME BUYERS OF QUALIFIED NEW HOMES. INITIATIVE STATUTE.
Recuento de firmas sin procesar 09/03/2026 (PDF)
Fecha del resumen: 21/10/25 | Fecha límite de circulación: 20/04/26 | Firmas requeridas: 546.651
(25% de firmas alcanzadas el 18/11/2025 (PDF))
Proponente(s): Robert M. Hertzberg
Autoriza hasta $25 mil millones en bonos para ofrecer a compradores elegibles hipotecas a tasa fija por hasta el 17% del precio de compra de una "casa nueva calificada" (nueva construcción o primera venta de propiedad no residencial convertida, con un precio inferior a aproximadamente $1 millón - $1.5 millones, según el condado, ajustado anualmente). Los prestatarios deben ser residentes de California durante un año, planear ocupar la casa, ganar menos del 200% del ingreso medio del área y pagar al menos un 3% de entrada. Requiere que los bonos se paguen con los pagos de la hipoteca de los propietarios, no del Estado. Resumen de la estimación del analista legislativo y el director de finanzas del impacto fiscal en los gobiernos estatales y locales: Sin costos estatales o locales directos. (25-0013A1.)