El Fiscal General prepara un título circulante y resumen del propósito principal y puntos de una medida de iniciativa propuesta. Las medidas de iniciativa propuestas son despejadas para su circulación el día en que se envía el título circulante y el resumen al proponente (es) de iniciativa (es). No se podrá hacer circular ninguna petición de firmas antes de que haya sido autorizado para ello por la Procuraduría General de Justicia.
Tenga en cuenta: Los condados tienen 8 días hábiles después de la presentación de una petición para determinar el número total de firmas adscritas a la petición y transmitir esta información a la Secretaría de Estado (Código Electoral sección 9030 (b)). Si no se presentan firmas, una medida de iniciativa propuesta fallará el noveno día hábil siguiente a su fecha límite de circulación.
2002. (25-0025A1) REQUISITOS DE SEGURIDAD
INFANTIL PARA PRODUCTOS DE INTELIGENCIA ARTIFICIAL. PROHÍBE LOS TELÉFONOS INTELIGENTES EN LAS ESCUELAS. ESTATUTO DE INICIATIVA.
Resumen Fecha: 26/12/25 | Fecha límite de circulación 24/06/26 | Se requieren Firmas: 546,651
Proponente (es): James P. Steyer
Requiere evaluaciones de riesgos y etiquetas de riesgo para productos de inteligencia artificial (IA) que probablemente sean utilizados por niños. Prohíbe la distribución a los niños de productos de IA que presenten un “riesgo inaceptable”, incluidos ciertos “chatbots complementarios” (software de IA que simula relaciones similares a las humanas). Extiende la prohibición de vender o compartir datos personales sin consentimiento a todos los menores de 18 años (hasta 16). Autoriza nuevas sanciones monetarias en demandas por daños reales a niños causados por IA o productos de redes sociales. Prohíbe a los estudiantes el uso de teléfonos inteligentes personales, relojes inteligentes y tabletas en la escuela. Resumen de estimación por Analista Legislativo y Director de Finanzas del impacto fiscal en los gobiernos estatales y locales: Aumento de los costos regulatorios y de cumplimiento estatales potencialmente en las decenas de millones de dólares anuales para regular ciertos productos de IA relacionados con niños y procesar casos judiciales que buscan laudos monetarios permitidos por la medida por violación de sus disposiciones. Algunos o todos estos costos serían compensados por tarifas regulatorias o premios monetarios recibidos por el estado. (25-0025A1.)
2003. (25-0027A1)
PROHÍBE NUEVAS LEYES ESTATALES QUE INTERFIERAN CON EL DERECHO A CONTRATAR CON UN ABOGADO. INICIATIVA ENMIENDA CONSTITUCIONAL.
Resumen Fecha: 01/02/26 | Fecha límite de circulación 07/01/26 | Firmas Requeridas: 874,641
(25% de firmas Alcanzadas el 25/02/2026 (PDF))
Proponente (es): James C. Harrison
Enmenda la Constitución de California para prohibir nuevas leyes estatales que nieguen o interfieran con la capacidad de una persona para contratar con un abogado de su elección. Precisa que otra medida que aparezca en la misma boleta electoral que limitaría los contratos de honorarios de contingencia del abogado se considerará en conflicto con esta medida. Se aplica únicamente a las leyes promulgadas a partir del 1 de enero de 2026; no limita la autoridad existente de los tribunales para regular la práctica del derecho o para prohibir acuerdos financieros ilegales o excesivos con abogados. Resumen de estimación por Analista Legislativo y Director de Finanzas del impacto fiscal en los gobiernos estatales y locales: No hay efecto fiscal directo sobre los costos del gobierno estatal o local debido a que la medida preserva las leyes y normas existentes al 1 de enero de 2026 relacionadas con los contratos de abogados. (25-0027A1.)
2004. (25-0028A1)
AMPLÍA LA RESPONSABILIDAD DE LAS COMPAÑÍAS DE TRANSPORTE COMPARTIDO POR LESIONES DE PASAJEROS. ESTATUTO DE INICIATIVA.
Resumen Fecha: 01/02/26 | Fecha límite de circulación 07/01/26 | Firmas Requeridas: 546,651
Proponente (es): James C. Harrison
Clasifica a las compañías de viajes compartidos como “transportistas comunes” bajo la ley de California (como taxis, autobuses y trenes), requiriendo que esas compañías ejerzan un mayor nivel de atención para evitar daños a los pasajeros. Hace que las compañías de viajes compartidos sean legalmente responsables de las lesiones a los pasajeros o al público causadas por la negligencia, imprudencia o mala conducta intencionada de un conductor de viaje compartido, independientemente de si el conductor es un contratista independiente. Anuncia cualquier contrato entre una compañía de transporte compartido y un pasajero o contratista independiente que pretenda renunciar a cualquiera de estos derechos u obligaciones. Resumen de estimación por Analista Legislativo y Director de Finanzas del impacto fiscal en los gobiernos estatales y locales: Aumento de los costos judiciales estatales que van desde los millones de dólares hasta las bajas decenas de millones de dólares anuales para procesar el aumento de la carga de trabajo de los casos civiles. Aumento de los costos para la CPUC en los bajos millones de dólares anuales para desarrollar, implementar y hacer cumplir nuevas regulaciones, que serán cubiertas por las tarifas pagadas por las compañías de viajes compartidos. (25-0028A1.)
2007. (25-0030A1)
REQUIERE LA RESPUESTA DEL ESTADO SI EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS CONSERVA ILEGALMENTE EL CARGO MÁS ALLÁ DEL LÍMITE DE DOS MANDATO. INICIATIVA ENMIENDA CONSTITUCIONAL.
Resumen Fecha: 01/05/26 | Fecha límite de circulación 07/06/26 | Firmas Requeridas: 874,641
Proponente (es): Roberto Ramos
Requiere que el Estado de California demande para evitar que un Presidente de los Estados Unidos permanezca en el cargo después de dos mandatos en violación de la Vigésima Segunda Enmienda (“Ninguna persona será elegida para el cargo de Presidente más de dos veces..”). Si un tribunal decide que el Presidente ha permanecido ilegalmente en el cargo:
- el Estado de California debe dejar de reconocer al individuo como Presidente;
- el Procurador General debe tomar medidas legales para detener y procesar a la persona; y
- el Poder Legislativo debe promulgar leyes que descalifiquen al individuo de un futuro cargo estatal.
Resumen de estimación realizada por Analista Legislativo y Director de Finanzas del impacto fiscal en los gobiernos estatales y locales: Potencial aumento de los costos estatales puntuales, que no es probable que superen los bajos millones de dólares, para atender violaciones a la Enmienda 22, en años en que se intenten dichas violaciones. Costos estatales para crear protecciones para empleados estatales, veteranos y militares que rechazan órdenes inconstitucionales. Estos costos dependerían de qué protecciones se adopten. (25-0030A1.)
2008. (25-0031)
PROHÍBE EL USO DESPUÉS DE 2026 DE LOS MAPAS TEMPORALES DEL DISTRITO DEL CONGRESO ADOPTADOS POR LOS VOTANTES EN 2025 EN RESPUESTA A LA REDISTRITACIÓN PARTIDISTA DE TEXAS. INICIATIVA ENMIENDA CONSTITUCIONAL.
Resumen Fecha: 01/12/26 | Fecha límite de circulación 13/07/26 | Firmas Requeridas: 874,641
Proponente (es): James V. Lacy
En 2025, en respuesta a la redistribución partidista de Texas de mediados de década, los votantes aprobaron la Proposición 50 para requerir el uso temporal de nuevos mapas de distrito del Congreso en las elecciones legislativas de California hasta 2030. En cambio, esta medida permitiría el uso de los mapas aprobados por los votantes de la Proposición 50 solo en las elecciones legislativas de 2026, y requeriría para las elecciones legislativas de 2028 y 2030 el uso de los mapas adoptados en 2021 por la Comisión de Redistribución de Distritos de Ciudadanos de California. Resumen de estimación por Analista Legislativo y Director de Finanzas del impacto fiscal en los gobiernos estatales y locales: Probablemente costos mínimos únicos a condados de menos de unos pocos cientos de miles de dólares en todo el estado para volver a los mapas del Congreso 2021 de la Comisión a partir de 2028 hasta que la Comisión establezca nuevos mapas siguiendo el censo 2030. (25-0031.)
2009. (25-0032A1)
REGULA CIERTAS ORGANIZACIONES DE INVESTIGACIÓN SIN FINES DE LUCRO Y ENTIDADES ASOCIADAS CON FINES DE LUCRO. ESTATUTO DE INICIATIVA.
Resumen Fecha: 02/04/26 | Fecha límite de circulación 08/03/26 | Firmas requeridas: 546,651
Proponente (es): Poornima Ramarao
Crea una nueva agencia estatal, la Junta de Supervisión de Fideicomisos Caritativos, compuesta por siete miembros designados con experiencia específica, para regular (1) ciertas organizaciones de investigación sin fines de lucro que se han convertido a estatus con fines de lucro o transferido activos caritativos a una entidad con fines de lucro y (2) esas entidades con fines de lucro. Autoriza a la Junta a definir las obligaciones caritativas en curso de las entidades reguladas. Requiere que las organizaciones sin fines de lucro que controlan las entidades convertidas con fines de lucro designen directores independientes para su junta directiva y prioricen el “beneficio público” sobre el beneficio. Requiere que las entidades reguladas que desarrollen tecnologías avanzadas de inteligencia artificial obtengan la aprobación de la Junta antes de expandir materialmente las capacidades tecnológicas. Resumen de estimación realizada por Analista Legislativo y Director de Finanzas del impacto fiscal en los gobiernos estatales y locales: Aumento de los costos estatales que probablemente oscilarían desde los millones de dólares hasta las decenas de millones de dólares anuales —pero que podrían llegar a los bajos cientos de millones de dólares anuales— para aumentar la supervisión de ciertas organizaciones benéficas sin fines de lucro y entidades relacionadas dedicadas a la investigación y la creación de tecnología. Estos costos generalmente se pagarían con una cantidad similar de ingresos provenientes de nuevas tarifas y sanciones pagadas por las entidades sujetas a la mayor supervisión. (25-0032A1.)
2012. (25-0035)
EXIME A CIERTOS PROPIETARIOS DE 60 AÑOS O MÁS DE IMPUESTOS PREDIALES. INICIATIVA ENMIENDA CONSTITUCIONAL.
Resumen Fecha: 02/05/26 | Fecha límite de circulación 08/04/26 | Firmas Requeridas: 874,641
Proponente (es): Rishi Kumar
Reduce los ingresos del impuesto predial local al eximir a una residencia principal de impuestos sobre la propiedad si el propietario de la vivienda, o el cónyuge del propietario: (1) tiene 60 años de edad o más; y (2) ha ocupado la casa como residencia principal durante cinco años consecutivos o ha vivido en California por lo menos 10 años. La exención termina si la propiedad ya no califica como residencia principal. Después de cinco años, los propietarios deben certificar su elegibilidad continua para mantener la exención. La exención no se aplica a los impuestos especiales, evaluaciones o bonos aprobados por los votantes. Resumen de estimación por Analista Legislativo y Director de Finanzas del impacto fiscal en los gobiernos estatales y locales: Muchos propietarios de viviendas de 60 años o más pagarían menores impuestos predial. Esto reduciría los ingresos para los gobiernos locales y las escuelas en 12 mil millones de dólares a 20 mil millones de dólares al año. Estas pérdidas crecerían con el tiempo. (25-0035.)
2013. (25-0036A1) REQUISITOS DE SEGURIDAD
INFANTIL PARA PRODUCTOS DE INTELIGENCIA ARTIFICIAL (IA), INCLUYENDO CHATBOTS. ESTATUTO DE INICIATIVA.
Resumen Fecha: 02/10/26 | Fecha límite de circulación 08/10/26 | Firmas Requeridas: 546,651
Proponente (es): Thomas W. Hiltachk
Requiere que los proveedores de sistemas de IA:
- utilizar tecnología para estimar la edad del usuario;
- evaluar anualmente los riesgos para la seguridad de los niños y publicar políticas que expliquen los riesgos y los esfuerzos de mitigación;
- crear controles para ayudar a los padres a limitar el acceso de menores a los sistemas de IA;
- tomar medidas razonables para evitar que los sistemas de IA generen contenido dañino, riesgoso o manipulador para menores; y
- presentarse a auditorías anuales independientes de seguridad y reportar las conclusiones a la Procuraduría General de Justicia.
Prohíbe que los proveedores de IA dirijeran publicidad a menores o vendan datos personales de menores sin el consentimiento de los padres. Autoriza Procuraduría General de Justicia la ejecución y sanciones civiles. Resumen de la estimación realizada por Analista Legislativo y Director de Finanzas del impacto fiscal en los gobiernos estatales y locales: Aumento de los costos estatales regulatorios y de cumplimiento que probablemente oscilarían entre millones y decenas de millones de dólares anuales para implementar y hacer cumplir los requisitos regulatorios y de cumplimiento relacionados con la seguridad infantil de la medida. (25-0036A1.)
2014. (25-0037A1)
LIMITA LA CAPACIDAD DE LOS VOTANTES PARA PROMULTAR IMPUESTOS ESTATALES DE UNA SOLA VEZ O TEMPORALES PARA AUMENTAR LOS INGRESOS POR LOS SERVICIOS ESTATALES. INICIATIVA ENMIENDA CONSTITUCIONAL.
Resumen Fecha: 02/11/26 | Fecha límite de circulación 08/10/26 | Firmas Requeridas: 874,641
Proponente (es): Kurt R. Oneto
Limita la capacidad de los votantes para aprobar impuestos estatales únicos o temporales que (1) se impongan por tres años o menos, o (2) se autoricen a ser recaudados o pagados a lo largo de seis años o menos, elevando el requisito de umbral de aprobación de votos para dichas medidas de boleta de mayoría simple (más del 50%) a dos tercios de votos. Se aplica a las iniciativas estatales presentadas a los votantes a partir del 1 de enero de 2026, incluidas las iniciativas que aparecen en la misma boleta electoral que esta medida. Resumen de estimación por Analista Legislativo y Director de Finanzas del impacto fiscal en los gobiernos estatales y locales: Alguna posibilidad de que los ingresos estatales sean menores en el futuro. (25-0037A1.)
2015. (25-0038A1)
REQUIERE QUE LOS NUEVOS IMPUESTOS ESTATALES SE SUJETEN AL REQUISITO EXISTENTE DE FINANCIAMIENTO ESCOLAR APROBADO POR LOS VOTANTES Y AL LÍMITE DE GASTO ESTATAL. INICIATIVA ENMIENDA CONSTITUCIONAL.
Resumen Fecha: 02/11/26 | Fecha límite de circulación 08/10/26 | Firmas Requeridas: 874,641
Proponente (es): Kurt R. Oneto
La ley actual requiere que (1) una porción de los ingresos estatales se asigne a escuelas K-12 y colegios comunitarios y (2) cualquier ingreso fiscal estatal recaudado que exceda del límite especificado se asigne a escuelas, reservas presupuestarias o reembolsado a los contribuyentes. Esta medida prohibiría nuevos impuestos estatales que excluyan sus ingresos de estos requisitos. Aplica a los impuestos que se promulgan o surtan efecto a partir del 1 de enero de 2026, incluidos los impuestos que aparecen en la misma boleta electoral que esta medida. Resumen de estimación por Analista Legislativo y Director de Finanzas del impacto fiscal en los gobiernos estatales y locales: Posible aumento del gasto en escuelas y colegios comunitarios, dependiendo de las decisiones de la Legislatura y de los electores. (25-0038A1.)
2016. (25-0039A1)
REDEFINE LA RESIDENCIA PARA EFECTOS TRIBUTARIOS ESTATALES Y LIMITA LA TRIBUTACIÓN DE NO RESIDENTES Y RESIDENTES DE TIEMPO PARCIAL. INICIATIVA ENMIENDA CONSTITUCIONAL.
Resumen Fecha: 02/11/26 | Fecha límite de circulación 08/10/26 | Firmas Requeridas: 874,641
Proponente (es): Kurt R. Oneto
Redefine “residente”, “residente a tiempo parcial” y “no residente” para propósitos de impuestos estatales basándose en (1) el número de días por año que una persona se encuentra en California, y (2) si posee identificación emitida por el estado y registro de votantes en California. Los “residentes” pagan todos los impuestos estatales aplicables, incluidos los impuestos únicos o netos. Los “no residentes” y los “residentes a tiempo parcial” pagan impuestos estatales sobre los ingresos de California, pero están exentos de impuestos únicos y sobre el patrimonio neto. Los “residentes a tiempo parcial” también pagan impuestos estatales sobre una parte de los ingresos no californianos de más de $2 millones. Resumen de estimación por Analista Legislativo y Director de Finanzas del impacto fiscal en los gobiernos estatales y locales: Cambio en los ingresos estatales de una cantidad desconocida. (25-0039A1.)
2019. (26-0001)
MODIFICA LOS PROCEDIMIENTOS DE LA INICIATIVA ELECTORAL Y LAS ELECCIONES. INICIATIVA REFORMA CONSTITUCIONAL Y ESTATUTO.
Resumen Fecha: 04/07/26 | Fecha límite de circulación 10/05/26 | Firmas Requeridas: 874,641
Proponente (es): Thomas Jefferson Cares
Permite votar en iniciativas de boleta electoral en cualquier elección estatal, en lugar de solo en las elecciones generales de noviembre en años pares o elecciones especiales. Crea nuevas elecciones para iniciativas en abril de años impares. Reduce el número de firmas requeridas para calificar una iniciativa de boleta propuesta (para modificaciones estatutarias: de 5% a 3.5% de electores de la última elección de gobernador; para modificaciones constitucionales, de 8% a 6%). Impone un nuevo impuesto del 5% sobre los ingresos imponibles superiores a los $10 millones para financiar elecciones estatales y una compensación adicional a los empleados gubernamentales con deberes relacionados con la iniciativa. Resumen de estimación por Analista Legislativo y Director de Finanzas del impacto fiscal en los gobiernos estatales y locales: Aumento de los ingresos estatales de varios miles de millones de dólares cada año para pagar el aumento de las actividades y costos electorales estatales y locales. Posible reducción continua en los ingresos del Fondo General estatal cada año de unos pocos miles de millones de dólares por cambios en el comportamiento de las personas con ingresos anuales superiores a 10 millones de dólares en respuesta a los impuestos recaudados por la medida para las elecciones.
2020. (26-0002)
MODIFICA LOS PROCEDIMIENTOS DE INICIATIVA DE BOLETA Y LAS ELECCIONES. INICIATIVA REFORMA CONSTITUCIONAL Y ESTATUTO.
Resumen Fecha: 04/08/26 | Fecha límite de circulación 10/05/26 | Firmas Requeridas: 874,641
Proponente (es): Thomas Jefferson Cares
La ley actual permite a los votantes proponer enmiendas constitucionales, pero no revisiones constitucionales (cambios que alterarían sustancialmente la Constitución de California o el plan básico de gobierno de California), por iniciativa de boleta electoral. Actualmente, sólo el Poder Legislativo puede proponer revisiones constitucionales. Esta medida:
- permite a los electores remitir las revisiones constitucionales propuestas directamente a la Legislatura por iniciativa, y requiere que la Legislatura tome ciertas acciones en respuesta;
- permita que el proponente de la iniciativa participe en el proceso legislativo para la revisión constitucional propuesta; y
- permite que las iniciativas propongan una mayor compensación para los legisladores que consideren la iniciativa.
Resumen de estimación por Analista Legislativo y Director de Finanzas del impacto fiscal en los gobiernos estatales y locales: Es opinión del Analista Legislativo y Director de Finanzas que la medida podría derivar, de salir adelante, en cambios netos sustanciales en las finanzas estatales y locales.
2021. (26-0003)
CREA LA JUNTA DE IMPLEMENTACIÓN ESTRATÉGICA DE CALIFORNIA PARA CAMBIAR NUMEROSOS ASPECTOS DE LA LEY ESTATAL Y EL GOBIERNO. INICIATIVA ENMIENDA CONSTITUCIONAL.
Resumen Fecha: 04/14/26 | Fecha límite de circulación 13/10/26 | Firmas Requeridas: 874,641
Proponente (es): Thomas Jefferson Cares
Crea la Junta de Implementación Estratégica de California, compuesta por funcionarios electos estatales que cada uno puede recibir hasta 26 millones de dólares anuales (pagados del “Fondo Soberano de Transición” con ingresos generados por los “sectores de innovación” del estado). Requiere que la Junta proponga una revisión constitucional en la boleta electoral de abril de 2027 que, entre otras cosas: crearía derechos constitucionales a la libertad cognitiva, psilocibina y paranoia; crearía refugios de servicios sociales llamados santuarios “Yvonne”; abolir la pena de muerte; permitir que los residentes no californianos emitan votos consultivos en las elecciones de California; proporcionar tutores personalizados de IA a los estudiantes; y prohibir la venta de tabaco a personas nacidas después del 1 de enero de 2010. Resumen de estimación por Analista Legislativo y Director de Finanzas del impacto fiscal en los gobiernos estatales y locales: Es opinión del Analista Legislativo y Director de Finanzas que la medida podría derivar, de salir adelante, en cambios netos sustanciales en las finanzas estatales y locales.
*El artículo 9034 del Código de Elecciones requiere que una vez que los proponentes de una medida de iniciativa propuesta hayan reunido el 25% del número de firmas requeridas (actualmente 136.663 para un estatuto de iniciativa y 218.661 para una modificación constitucional), los proponentes deben certificar de inmediato que lo han hecho bajo pena de perjurio ante el Secretario de Estado.
Al recibir la certificación, el Secretario de Estado deberá entregar copias de la medida de iniciativa propuesta y del título circulante y resumen al Senado y a la Asamblea. Se requiere que cada Cámara asigne la medida de iniciativa propuesta a sus comisiones correspondientes y celebre audiencias públicas conjuntas, al menos 131 días antes de la fecha de la elección en la que se votará la medida. Ahora bien, el Poder Legislativo no puede modificar la medida de iniciativa propuesta ni impedir que aparezca en la boleta electoral.