Regístrese para votar

Para recibir la boleta electoral por correo, usted debe estar registrado como votante. Si usted cree que ya está registrado, puede verificarlo en línea con nuestra herramienta “Mi estado de votante”.

Si aún no está registrado, puede hacerlo en línea en RegisterToVote.ca.gov. Como parte del registro para votar, se le dará la opción de convertirse en un "votante por correo permanente", lo que significa que antes de cada elección recibirá automáticamente una boleta electoral por correo.

Votar por correo

En vez de ir a votar el día de las Elecciones, usted puede votar por medio de la boleta electoral que se le enviará por correo.

Luego de que haya votado, coloque su boleta electoral en el sobre que se le envió y asegúrese que haya completado toda la información necesaria en el sobre.

Usted puede devolver su boleta electoral de las siguientes maneras:

  1. 1. por correo a su funcionario electoral del condado
    • Las boletas electorales de votación por correo que se envían deben estar selladas con la fecha del día de las elecciones o una anterior y deben recibirse en la oficina de elecciones del condado a más tardar 7 días después del día de las elecciones.
    • Si no está seguro de que su boleta electoral va a llegar a tiempo al enviarla por correo, llévela a cualquier lugar de votación del estado entre las 7:00 a. m. y las 8:00 p. m. durante el día de las elecciones.
  2. 2. llevarla en persona a un lugar de votación o a la oficina del funcionario electoral de su condado;
    • Las boletas electorales recibidas por correo que se entreguen en persona pueden recibirse antes del cierre de la votación a las 8:00 p. m. el día de las elecciones.
  3. entregar su boleta electoral en un buzón de entrega de su condado; o
    • Las boletas electorales recibidas por correo que se entreguen en persona en un lugar de entrega de boletas pueden recibirse antes del cierre de la votación a las 8:00 p. m. el día de las elecciones.
  4. 4. autorizar a alguien a entregar la boleta electoral en su nombre.
    • Cualquier persona puede entregar su boleta electoral, siempre y cuando no cobren por boleta. Para que su voto sea contabilizado, usted debe completar la sección de autorización que se encuentra en la parte exterior del sobre de la boleta electoral.

Cuando el funcionario electoral de su condado recibe su boleta electoral por correo, su firma en el sobre se comparará con la firma de su tarjeta de registro de votante para garantizar que coincidan. Para preservar la confidencialidad de su voto, su boleta electoral se separará del sobre y, luego, será escrutado.

Todas las boletas electorales por correo son escrutadas en todas las elecciones en California, independientemente del resultado o la proximidad de cualquier etnia. Para recibir información adicional sobre cómo y cuándo las boletas electorales se verifican y tabulan, por favor, vea la descripción de cómo se completa el

Votar por Primera Vez

Cuando se registró para votar, se le pidió proporcionar el número de su licencia de conducir, número de identificación de California o los últimos cuatro dígitos de su número de Seguro Social. Si va a votar por primera vez y no proporcionó esta información al momento de registrarse, y piensa hacerlo:

Voto por correo: antes de votar con su boleta electoral, envíe una fotocopia de su identificación personal al funcionario electoral de su condado. Si solicita una boleta electoral por correo, utilizando la Solicitud de Boleta Electoral Por Correo, puede enviar una fotocopia de su identificación personal junto con su solicitud. Si no hace esto antes de votar, el funcionario electoral de su condado se pondrá en contacto con usted cuando reciba su boleta electoral con su voto, para solicitarle la prueba de identidad requerida. Debe proporcionar una forma aceptable de identificación al funcionario electoral de su condado antes de que puedan abrir su sobre de boleta electoral por correo. Si no se puede verificar su identidad, no se abrirá el sobre de la boleta electoral por correo, y su boleta electoral no será contada. 

Votar en persona: antes de recibir su boleta electoral en su centro de votación, es posible que se le pida una forma aceptable de identificación.

Los siguientes ejemplos son formas aceptables de identificación personal: copia de una factura reciente de servicios públicos, la Guía de Información para el Votante del condado la cual recibió de la oficina electoral de su condado u otro documento que le haya enviado una agencia gubernamental, o una copia de su pasaporte, licencia de conducir, tarjeta de identificación de California o tarjeta de identificación de estudiante.  Para obtener más información sobre el tipo de identificación que debe utilizar cuando vote por primera vez, revise la lista completa de formas de identificación aceptables (PDF), llame a la línea telefónica gratuita para votantes del Secretario de Estado al (800) 232-VOTA (8682), o póngase en contacto con el funcionario electoral de su condado.

Estado de la boleta electoral por correo

El artículo 3017(c) del código electoral de California requiere que los funcionarios electorales del condado establezcan procedimientos para hacer un seguimiento y confirmar el recibimiento de las boletas electorales por correo y hacer que esta información esté disponible por medio de un sistema de acceso en línea en la página web de la división electoral del condado o por medio de un número de teléfono gratuito.

Usted también puede corroborar el estado de su voto en “Mi estado de votante.”

Dónde está mi boleta electoral

La Secretaría del Estado de California ofrece ¿Dónde está mi boleta electoral?—una nueva forma para que los votantes tengan un seguimiento y reciban notificaciones del estado de su boleta electoral por correo. Desarrollado por BallotTrax, ¿Dónde está mi boleta electoral? le informa a los votantes dónde se encuentra su boleta electoral y su estado, en todo momento.

El votante que se suscriba recibirá notificaciones por medio de correo electrónico, mensaje de texto o mensaje de voz por el funcionario electoral del condado en relación al estado de la boleta electoral por correo del votante, incluyendo:

  • El momento en que se entrega la boleta electoral.
  • La fecha en que se espera que se entregue la boleta electoral al votante
  • Si la boleta electoral del votante se devuelve al funcionario electoral del condado por no poder ser entregada a través de USPS.
  • Cuando la boleta electoral del votante ha sido recibida por el condado.
  • Si la boleta electoral completa del votante fue aceptada o la razón por la cual la boleta no pudo ser aceptada y las instrucciones de los pasos que el votante puede realizar con el fin de que se acepte la boleta electoral.
  • El plazo de entrega para que el votante devuelva la boleta si el condado no recibe la boleta electoral completa por parte del votante en las fechas especificadas como lo establece el funcionario electoral del condado.

Regístrese en WheresMyBallot.sos.ca.gov para recibir notificaciones automáticas por correo electrónico, SMS (mensaje de texto) o mensaje de voz sobre su boleta electoral.

¿Dónde está mi boleta electoral? está disponible en todos los condados de California.

Cómo Votar para Presidente de los EE. UU.

Los partidos políticos calificados en California pueden celebrar elecciones primarias presidenciales de dos maneras:

  • Elecciones primarias presidenciales cerradas - el partido solo permite que los votantes que indiquen una preferencia por ese partido voten por su candidato presidencial.
    • Tres partidos celebran elecciones primarias presidenciales cerradas: el Partido Verde, el Partido de Paz y Libertad, y el Partido Republicano
  • Elecciones primarias presidenciales cerradas modificadas - además de permitir que los votantes que indiquen una preferencia por ese partido voten por su candidato presidencial, el partido también permite que los votantes Sin Preferencia de Partido (votantes que no indicaron una preferencia de partido) voten por su candidato presidencial.
    • Tres partidos celebrarán elecciones primarias presidenciales cerradas modificadas: el Partido Americano Independiente, el Partido Demócrata, y el Partido Libertario

¿Perdió su boleta electoral para votar por correo/necesita un reemplazo?

Solicitud de Boleta Electoral de Reemplazo de California

El elector inscrito es la única persona que puede solicitar una boleta electoral de reemplazo. El hecho de que una persona distinta del elector inscrito realice una solicitud de boleta electoral de reemplazo se considera un delito penal. (Código Electoral, § 3014 [a]).

La Solicitud de Boleta Electoral de Reemplazo de California se puede encontrar aquí:

Solicitud para Proporcionar la Boleta Electoral de Votación por Correo al Representante

Si necesita una boleta electoral de reemplazo, puede solicitar por escrito que se le proporcione una boleta electoral de votación por correo a su representante. Su representante debe entregar esta solicitud en persona a la oficina electoral de su condado. (Código Electoral, § 3014[b].)

Después de marcar su boleta electoral, puede devolverla por alguno de los métodos indicados anteriormente.

La Solicitud para Proporcionar la Boleta Electoral de Votación por Correo al Representante se puede encontrar aquí:

Votar por correo desde el extranjero o desde el ejército

Como votante militar o en el exterior, para recibir los materiales para las elecciones y votar cuando no se encuentra en su condado porque está en el ejército o en el exterior, usted debe inscribirse para votar por correo y completar la solicitud en línea del registro electoral o la Solicitud por tarjeta postal federal (FPCA, por sus siglas en inglés). LA FPCA se encuentra disponible en el programa federal de asistencia al votante.

Para obtener más información, por favor, visite nuestra sección de información electoral para los militares y personas en el extranjero